En una polémica Sentencia la Sección 29 de la AP de Madrid ha absuelto a un conocido youtuber de los delitos de abuso sexual a una menor y ciberacoso sexual a una menor por los que el Ministerio Fiscal le solicitaba una pena de 5 años de prisión, al considerar que no han resultado probados los hechos que fueron objeto de acusación.
Consideran los jueces que no se ha podido enervar en el juicio la presunción de inocencia que asiste al acusado y que "en esta situación de tener que elegir entre dos versiones que ninguna de ellas se presenta como segura, el sistema penal obliga a encarar uno de esos dos caminos: El que proporciona la seguridad de que ningún inocente será condenado aunque sea a costa de asumir el riesgo de impunidad de infracciones muy graves. En casos como éste la presunción de inocencia se alza impidiendo una condena no asentada en una prueba concluyente y rotunda. No basta la convicción subjetiva del juzgador, dice la Sentencia. Se hace precisa esa base probatoria sólida que aquí se echa en falta para condenar por abuso sexual a menor."
En cuanto al delito de ciberacoso, si bien no hay duda de la existencia de un contacto por un medio tecnológico y de que se propuso un encuentro que fue aceptado por la menor, sin embargo, refiere la Sentencia, no ha quedado probado que el encuentro fuera para ejecutar actos de carácter sexual sobre la denunciante.
La Sentencia no es es firme y cabe Recurso de Apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, si bien en la práctica, al basarse la misma en apreciaciones directas de los jueces y en un tema de valoración de prueba es harto complicado que la misma pueda ser revocada.