El caso de modo resumido es el siguiente: El agresor se dirigió al domicilio de la víctima con quien mantuvo una relación de convivencia durante tres años, esperando con la cara tapada y con guantes para evitar ser identificado, a que saliese, y justo en ese momento le dio un puñetazo en la mandíbula y le asestó una puñalada en el costado. Después la arrastró por las escaleras y tras tirarla al suelo le clavó el cuchillo en el cuello con tal virulencia que el mango se rompió.
Después, el acusado accedió a las suplicas de la víctima y la llevó en coche cerca de un centro hospitalario donde la dejó, logrando la víctima llegar hasta el centro hospitalario donde fue atendida.
El Tribunal Supremo considera que no puede afirmarse que el sujeto activo abandonara la progresión delictiva de su acción, en tanto que causó lesiones mortales a su víctima y la dejó abandonada a su suerte, y desde luego, no evitó de forma eficaz el resultado de muerte por una acción positiva de desistimiento, al interrumpir su propósito inicial de ayuda, abandonando a la víctima.
También rechaza aplicar las atenuantes de arrepentimiento del acusado y la prestación de auxilio a la víctima puesto que "el autor no completó su inicial propósito de prestar auxilio indirecto a la víctima porque la dejó a una distancia considerable del lugar en el que podían ayudarla, de forma que sólo un esfuerzo descomunal y extremo de la propia víctima evitó su muerte."