Además de la pena de prisión de cuatro años, el TS ha confirmado la condena al pago de una multa de 400.000 Euros al empresario de hostelería al haberse acreditado que creó diversas empresas de las que era socio y administrador único para defraudar a la Seguridad Social.
La Sentencia explica que el hecho de no pagar a la Seguridad Social no supone sin más una defraudación y que no es delito el no abonar las cuotas sin realizar una maniobra de ocultación que pudiera perjudicar a la labor investigadora, puesto que el simple impago sin la concurrencia de un elemento de mendacidad solo constituye una infracción tributaria cuya sanción excede del ámbito penal.
En este caso,la condena no se basa solo en la condición de socio y administrador único de las sociedades, sino "en las actuaciones por el desarrolladas" que se especifican en los hechos probados.